Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la apelación interpuesta por Thisbeth Milagros León Lucena, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V-5.254.642, de este domicilio, contra el auto de fecha 10 de agosto de 2005, que ratifica el auto de fecha 28 de junio de 2005, igualmente ratificado el 1 de julio de 2005, todos con diferentes razonamientos y motivación.
En consecuencia, se condena en costas a los apelantes, por haber resultado totalmente perdidosos, conforme lo pauta el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y notifíquese a las partes, por haber sido dictado el presente fallo fuera del lapso legal establecido, de conformidad con lo dispuest.....