Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la representación judicial de los ciudadanos JOSÉ TERÁN HERNÁNDEZ, GABRIEL ALEJANDRO MATERAN, OSWALDO DÍAZ LÓPEZ, CRISTIAN JOSÉ PALACIOS HERNÁNDEZ, FRANKLIN JOSÉ TERÁN HERNÁNDEZ, JOSÉ DESIDERIO TORO y JIM PASTOR DÍAZ, suficientemente identificados en autos. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se REVOCA la decisión emitida en fecha diez (10) de noviembre de dos mil nueve (2009) por el Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy y se declara INADMISIBLE la acción propuesta por el ciudadano FHANDOR JOSÉ QUIROGA SÁNCHEZ, identificado en autos, con la representación que se atribuye de la empresa AGROPECUARIA RANCHO ALEGRE, C. A. TERCERO: Como consecuencia .....