DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 2009/0006 de fecha 18 de marzo de 2009, emanada de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.952 declara SIN LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por el ciudadano: RAMON ANTONIO CASTILLO REYNA, contra la ciudadana: SANTIAGA BELEN MONTES anteriormente identificados y niega acordar la DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre ellos y contraído el día veintiocho (28) de junio del año 1980, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Salom, Municipio Nirgua, estado Yaracuy, según consta del acta de matrimonio anotada bajo el N° 19 del libro de matrimonios llevado por el mencionado despacho en el año 1980.-
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