DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia establece al ciudadano: JOSE LUIS MONTOYA MERLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.843.161 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención quincenal a favor de su hijo el niño: (Identificación Reservada), por la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) mensuales, es decir la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,00) QUINCENALES, que deberá consignar en efectivo, al inicio de cada quincena, por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: Cumplir, adicionalmente a lo fijado como obligación de manutención mensual, con el pago de una cuota extra de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.300,00) que deberá pagar en el mes de.....