Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto el 18 de febrero de 2015 por la abogada Leonor del Carmen González del Moral, Inpreabogado Nº 111.211, en su condición de apoderada judicial del actor ciudadano Yolman Octavio García del Moral, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.303.195, contra el auto dictado en fecha 05 de febrero de 2015 por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.