DECLARA,
PRIMERO: IMPROPONIBLE la solicitud realizada por el abogado en ejercicio LUIS EDUARDO DOMINGUEZ ESCALONA, Inpreabogado N° 20.918,actuando en su carácter de autos, consignada en el Juzgado en fecha 17 de abril de 2024, inserta al folio 553 de la pieza N° 03 del presente expediente, por las consideraciones antes expuestas.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: POR CUANTO LA PRESENTE DECISIÓN SALIO DENTRO DEL LAPSO, no se requiere notificación de las partes intervinientes del juicio.