DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la co apoderada actora Abogada DAYANA LEAL CORDERO, Inpreabogado Nro 89.921, contra el auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en fecha 31 de enero de 2018, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, seguido por los ciudadanos JUAN BAUTISTA RODRIGUEZ JAIME y YUSBELY ESCALONA QUINTERO contra el ciudadano ANTONIO DE JESÚS PESTANA;
SEGUNDO: SIN LUGAR la adhesión a la apelación interpuesta por los abogados JIMMY QUERALES BOYANO y CARLOS BARRIOS AVENDAÑO, en su carácter de apoderados judiciales del demandado ciudadano ANTONIO LINO DE JESUS PESTANA.
TERCERO: SE REVOCA el auto recurrido, ordenándose la reposición de la causa, al estado que se deje transcurrir el lapso de emplazamiento establecido en el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil, a partir de la citación del demandado el cual se configuró al .....