Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día LUNES 06-10-2008, a las 09:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado esta Sentenciadora deja constancia que la Actora asistida por Abogado, consigno escrito de promoción de pruebas, constante de Un (01) folio útil. Así mismo, quien Juzga deja constancia que el Apoderado Judicial de la empresa Demandada, consigno escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de.....