en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos suscritos por las partes, en consecuencia, se procede con el carácter de Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, asimismo se ordena oficiar a la Superintendencia de Hábitat y Vivienda (SUNAVI), a los fines de informarle del cumplimiento voluntario realizado en la presente causa. Expídase copias certificadas de la presente Homologación a las partes, según lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil