Por las razones expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ALIRIO RUIZ Inpreabogado Nro. 34.902, Apoderado Judicial del ciudadano IVAN JOSE OSSORIO PEREZ, contra la decisión dictada el 02 de Noviembre de 2004 por el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.