En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el veinte de julio de dos mil quince (20-07-2015) por el demandado ciudadano Tony Rafael Tacoa Meléndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.709.218, asistido por el abogado Antonio García Tapia, inscrito el inpreabogado bajo el Nº 3.349, contra sentencia dictada el quince de julio de dos mil quince (15-07-2015) por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de esta Circunscripción Judicial, quien declaró sin lugar la cuestión previa del ordinal 9º.
Se condena en costas al recurrente por haber salido perdidoso en el ejercicio del presente recurso, conforme el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.