PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA de Acción Mero Declarativa de Reconocimiento de Unión Estable de Hecho incoada por el ciudadano MORENO VALLES FRANKLÍN JOSÉ contra la ciudadana MARÍA FELIPA ROJO de ROJAS, arriba identificados, en su carácter de heredera de la ciudadana NEIDA ROJAS ROJO. En consecuencia, se declara la EXISTENCIA DE LA UNIÓN CONCUBINARIA entre los ciudadanos FRANKLÍN JOSÉ MORENO VALLES y NEIDA ROJAS ROJO (fallecida) a partir del 14 de septiembre de 2013 hasta el día 20 de noviembre de 2021, ambas fechas inclusive.
SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los veintitres (23) días del mes de noviembre de 2023. Años: 213° de la Independ.....