PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la parte demandada ciudadana JACKELINE OMAIRA ARREVILLALES MONTILLA, ya identificada, representada por su apoderado judicial abogado GERMÁN MACEA LOZADA, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 10 de diciembre de 2024, en consecuencia,
SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha 10 de diciembre de 2024, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy,
TERCERO: INADMISIBLES LAS CUESTIONES PREVIAS alegadas por el abogado MACEA LOZADA GERMÁN, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana JACKELINE OMAIRA ARREVILLALES MONTILLA, en el presente juicio de LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE HERENCIA, seguido por la ciudadana ALVARADO DILIA ROSA en contra de la ciudadana JACKELINE OMAIRA ARREVILLALES MONTILLA.
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