D E C I S I O N
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el Desistimiento suscrito y presentado por la Abogada ANA CAROLINA SANCHEZ MORENO, Inpreabogado N° 44.487, actuando en su carácter de Endosataria en Procuración de la ciudadana: YANNINA C. YANEZ PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.247.618; y así se declara, en consecuencia se levanta la medida preventiva de embargo decretada en fecha 05 de Diciembre del año 2005.
En consecuencia téngase la presente decisión como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.