DISPOSITIVA.
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en su competencia Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional, propuesta por la abogada ISIS MARIAN SILVA GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-18.547.988, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 140.548, actuando en este acto en nombre y representación de la Sociedad Mercantil MOLINOS VENEZOLANOS C. A. (MOLVENCA), debida y originalmente inscrita por ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del estado Aragua, en fecha 20 de Septiembre de 1967, bajo el número 92, Tomo 2, modificada sustancialmente en su Acta Constitutiva y Esta.....