PRIMERO: LA INADMIBILIDAD DE LA PRESENTE DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, intentada por la ciudadana COLLANTES LISMARY ELIZABETH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.602.977, debidamente asistida por el abogado RENDON ROGER, Inpreabogado N° 247.896, por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 691 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre dos mil veinticinco (2025). Años: 215º de la Independencia y 166º de la Federación.