este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndole la debida aprobación. Téngase pasado como en Sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido: Que la ciudadana: MIGDALIA MARITZA MARCHENA DE ROJAS,celebró un contrato de compraventa con elciudadanoRICHARD JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, en virtud del cual le vendía todos los derechos de propiedad que tiene sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno municipal, según título supletorio N° 3819-2025, con fecha de salida 07/10/2025, emanado por el Tribunal de municipio ordinario y ejecutor de medidas de los municipios Urachiche y José Antonio Páez de la circunscripción judicial del estado Yaracuy, ubicado en la carrera 4 con esquina calle 4 Barrio El Carabalí, Sabana de Parra, Jurisdicción del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, con un área total de te.....