Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión por COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoado por el ciudadano NERIO MANUEL CRESPO COLLANTE, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V- 11.431.630, contra la Sociedad Mercantil MOLINOS VENEZOLANOS, C.A, (MOLVENCA). Así se decide.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada pagar al ciudadano NERIO MANUEL CRESPO COLLANTE, ya identificado, los conceptos de Pago de la cláusula 30 del contrato colectivo, diferencia de vacaciones, bono vacacional y utilidades cuyos montos serán determinados mediante experticia complementaria del fallo que a tales efectos se ordena practicar de conformidad con lo previsto en la última parte del artículo 159 de la LOPT, s.....