DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la presente solicitud de rectificación de acta de nacimiento, presentada por la ciudadana MARIA DE LOS SANTOS OLIVO FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.871.606, asistida por la abogada AGAR MONTOYA AGUILAR, ya identificadas. En consecuencia, se ordena la rectificación del acta de nacimiento, inserta bajo el Nº 9, folio 5, tomo I del año 1954, en los libros de nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio Temerla (hoy Oficina de Registro Civil de la Parroquia Temerla del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, de conformidad con lo dispuesto en el artículo .....