"...este Tribunal Superior ordena practicar por Secretaría, el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 305 Código de Procedimiento Civil, desde el día (17/10/2018) (Exclusive) fecha en la cual se notifico a la parte recurrente de la sentencia que declaró La Perención de la Instancia en el Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad, hasta el (24) de Octubre de (2018) (Inclusive).Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
ABG. IRVING LEONARDO REYES.
Quien suscribe, ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ, Secretario del Juzgado Superior Agrario del estado Yaracuy, HAGO CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Juzgado Superior, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 305 del Código de Procedimiento Civil, transcurrieron desde el día (17) de Octubre de (2018)(Exclusive), hasta el día (24) de Octubre de (2018) (Inclusive), a saber los días: Jue.....