Por las consideraciones anteriormente explanadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SE HOMOLOGA la presente demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por los ciudadanos ABRAHAN ELIAS SANCHEZ HERNANDEZ y YUSLEIDY JOSEFINA ESCALONA MORENO, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 17.061.787 y V- 20.392.399, respectivamente, contra la ciudadana ADRIANA JOSEFINA CAMACHO RODRIGUEZ (en su condición de apoderada de la ciudadana NAHIR ALEXANDRA CAMACHO RODRIGUEZ), titular de la cédula de identidad N°. V-15.965.042.
SEGUNDO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1363 y 1364 del Código Civil, LEGALMENTE RECONOCIDO EL INSTRUMENTO PRIV.....