, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, relativa a la demanda de DIVORCIO, fundamentada en el artículo 185, ordinal 2° del Código Civil, interpuesta por la ciudadana SOR ESTHER PORTILLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 12.726.877, en contra del ciudadano JHONNY JOSÉ BOLIVAR SEMECO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 9.562.226; y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los veintiséis (26) días del mes de febrero de 2013. Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.