conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana TERESA CHIUCHIARELLI CLEMENTI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.582.881, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Bruno Emilio Alvarado Matos, inscrito en el IPSA bajo el Nº 205.498; sobre un lote de terreno propio según se evidencia en documento protocolizado ante el Registro Público de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracuy, en fecha 17 de Diciembre de 1997, bajo el Nro. 20, folios 73 frente al 74 vuelto, Protocolo Primero, Tomo 10, Trimestre Cuarto, de aproximadamente un área de terreno de Doscientos Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta y Seis Centímetros (246,86 M2). Y un área de construcción de Cuatrocientos Sesenta y Cinco Metros Cuadrados con Veintiún Centímetros (465,21 M2),