DECLARA.
PRIMERO: ANULA y DEJA SIN EFECTO el auto de admisión de demanda de Denuncia Mercantil, de fecha 08 de Enero de 2015, interpuesto por los ciudadanos MAURO JOSÉ VERGARA ABAD Y GLENDYS PARRA GALINDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 7.951.784 y V.- 14.211.767, respectivamente, representados por los Abg. FREDDY JOSÉ VALERA SOSA, DUMELYS GONZÁLEZ Y ANAURELYS PADILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V.- 10.770.565, V.-17.782.225 Y V.- 18.925.995, respectivamente, inscritos en el Ipsa Nº 59.578, 133.298 y 185.829 respectivamente, según Poder Notariado por ante la Notaria Pública Primera de de Valencia estado Carabobo, anotado bajo el Nº 35, Tomo 165, Folios 151 al 154, de fecha 15 de julio del año 2014, contra los ciudadanos YORMAN OSWALDO VERGARA ABAD, MAURO ANTONIO VERGARA GONZÁLEZ Y NINFA MARLENE BELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V.- 11.654.475, V.- .....