este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano GUSTAVO JOSÉ PINEDA FERNÁNDEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 7.983.308 contra el ciudadano CHRISTOPHER ENRIQUE IWANOWSKI COLINA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.966.440, domiciliado en Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, consecuencialmente se declara resuelto el respectivo contrato de arrendamiento, condenándose al demandado a entregar el inmueble constituido por una casa ubicada en la manzana 9 de la calle 7 N° 7-103, IV etapa de la Urbanización San José, en el Municipio Autónomo La Independencia del Estado Yaracuy.