DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA OFERTA REAL DE PAGO, propuesta por el ciudadano: FERNANDO RODRIGUEZ DA FONTE, a favor de REBECA DEL VALLE DÍAZ OCARIZ, por lo que queda extinguido el convenio verbal que tenían pactado las partes mencionadas sobre la transferencia de propiedad de un inmueble y que el oferente no puede cumplir, en consecuencia queda en este tribunal y a disposición de la acreedora la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000), cantidad sobre la cual son contestes las partes fue lo entregado como arras para uno y como inicial para la otra, más la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 8.000) por concepto de intereses calculados a la rata del uno por ciento mensual por el tiempo .....