GADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.-
Nirgua, Veintiséis de Octubre del año Dos Mil Cinco.-
195° y 146°
Visto el acuerdo autenticado por ante la Notaria Pública de este Municipio, en fecha 24/10/2005, y consignado en los autos por la demandante, donde las partes celebraron un convenimiento en el cual el demandado se da por citado, renuncia la lapso de comparecencia y conviene en que entregará el inmueble objeto de la misma el 31/10/2005, y por su parte la demandante aceptó el convenimiento y reconoce la solvencia del demandado por Cánones de Arrendamiento hasta el presente mes y año; este Juzgado del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, y en virtud de que el acuerdo alcanzado por las partes no es contrario a derecho ni al orden público y versa sobre derechos disponibles referidos al ejercicio de sus atribuciones legales contempladas en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal le imparte su homologación a las actu.....