Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Constitución, la Ley y el Derecho, decide:
PRIMERO: CON LUGAR el DESACATO al amparo constitucional que este Tribunal dictó en fecha 19 de octubre de 2023, por parte de la entidad de trabajo Alimentos Polar Comercial, C.A (Planta Chivacoa).
SEGUNDO: SE SANCIONA al ciudadano ANIBAL SOLIPA ORTEGA, titular de la cédula identidad Nº V- 9.537.375, en su condición de representante legal del patrono, a cumplir diez (10) meses y quince (15) días de prisión, mas las accesorias de la ley por la comisión del referido Desacato al mandamiento del amparo constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías.....