Con base en las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional, ejercida por la Abg. Jennifer Rizza Meléndez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 126.094, actuando en nombre y representación de los ciudadanos Freddy Alberto Alvarado Cánsales, Alvarado Haldrin Roberts, Clemente Cedeño Yovera, Yohan Lancostter Cedeño Zapata, María Margarita Colmenárez, Adrián José Garrido García y otros, titulares de las cédulas de identidad Nros. 22.190.015, 10.844.402, 7.913.430, 19.061.356, 10.841.820 y 15.778.400, respectivamente, quienes aducen ser trabajadores de la empresa Matadero Avícola Rancho Lindo, C.A., en contra de la providencia administrativa N° 20-05-3-09-0060 de fecha 5 de octubre de.....