DECLARA
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano DARIO ALEJANDRO RAMIREZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.895.555, asistido por el abogado en ejercicio EDUARDO JOSE GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 219.472, en el juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL interpuesto por el ciudadano LORENZO IANNELLO GONZALEZ contra el ciudadano DARÍO ALEJANDRO RAMÍREZ MARTINEZ, contra el auto dictado en fecha 25 de octubre del presente año, en la cual negó oír la apelación interpuesta en fecha 23 de octubre de 2019.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la supra aludida resolución de fecha 25 de octubre de 2019, dictada por el precitado Juzgado de Municipio, todo ello de conformidad con los términos explanados en el presente fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.
CUARTO: Se deja expresa constancia que la presente sentencia se dictó dentro del lapso legal establecido.