DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgador en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia de Obligación de Manutención, en beneficio a favor del niño (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), dictada por el tribunal en fecha 16 de marzo de 2010, por cuanto no fue demostrado el cumplimiento de la misma por parte del ciudadano MARCOS JOSÉ RAMOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.938.900. En consecuencia, siendo que el demandado adeuda la suma de CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 4.680,00), se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo, en contra del ciudadano MARCOS JOSÉ RAMOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.938.900, quien labora en la UNIDAD EDUCATIVA "ANDRES BELLO", ubicada en la avenida Manuel Cedeño, Quinta Glamar Nº 1-94, de la ciudad de S.....