DECLARA,
PRIMERO: La REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de librar nueva Boleta de Citación al co-demandado, ciudadano JUAN ALBERTO MUJICA SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.164.935, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil
SEGUNDO: LA NULIDAD de las actuaciones procesales realizadas por la Notaría Pública de San Diego del Estado Carabobo, cursantes a los folios 44 y 49 del expediente.
TERCERO: POR LA NATURALEZA DE LA DECISIÓN, no hay expresa condenatoria en costas.