declara:
PRIMERO: HA LUGAR la demanda de PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL entre los ciudadanos MARITZA DE JESÚS CASTILLO DE VÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad número V-9.551.906, contra el ciudadano JOSÉ LUÍS VÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la Cédula de Identidad número V-7.310.110, por cuanto no hubo contradicción relativa al dominio común de los bienes objeto de la Partición.
SEGUNDO: Se emplaza a las partes para el DÉCIMO (10º) DIA DE DESPACHO SIGUIENTE una vez quede firme la presente sentencia, a las once de la mañana (11:00 a.m.) a los fines de la designación del partidor, con el objeto de la partición del bien inmueble compuesto por una casa y galpón ubicado en la Calle 6 entre Carreras 5 y 6, del Barrio Terepaima, en la ciudad de Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy, constituido por: una sala recibo, una sala comedor, una sala cocina, tres cuartos, un baño, un lavadero, nueve puertas de metal y.....