PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de diferencia de los beneficios laborales, incoada por los ciudadanos Demetrio José Martínez Deviez y otros en contra de la empresa Cerámicas Caribe C.A., identificados ut supra.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada pagar a los ciudadanos Juan José Torres Castillo, Antonio Rafael García Aguirre, titulares de las cedulas de identidad Nros. 12.080.605 y 12.727.521, respectivamente, el concepto de Diferencia de vacaciones cuyos montos serán determinados mediante experticia complementaria del fallo que a tales efectos se ordena practicar de conformidad con lo previsto en la última parte del artículo 159 de la LOPT, siguiendo los límites fijados en la parte motiva del presente fallo.