En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS seguida por el ciudadano JOSE BOLAÑOS TOVAR contra MI COMIDA CASERA CAMPERO y la ciudadana HILDA CAMPERO. SEGUNDO: SE CONDENA a la firma personal MI COMIDA CASERA CAMPERO y a la ciudadana HILDA CAMPERO, al pago de los conceptos y cantidades que se indiquen en el texto íntegro de la decisión. TERCERO: NO HAY EXPRESA CONDENATORIA EN COSTAS por no haber vencimiento total. CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.