Declara: PRIMERO: la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, LIBIBENYI MANUELI ORDOÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-19.953.225, domiciliada en la Avenida 8 entre Calles 17 y 18, de la ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del estado Yaracuy. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se declara CON LUGAR la presente demanda de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, incoada por el ciudadano SAMI ABDER PEREZ, venezolana, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad número V-10.857.879, representado judicialmente por el Abogado Armando José Da Cruz Garrido, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-12.080.968, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 70.600; contra la ciudadana LIBIBENYI MANUELI ORDOÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-19.953.225. TERCERO: Se declara RECONOCIDO EL INSTRUMENTO NEGOCIAL PRIVADO DE VENTA, de fecha 0.....