son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana: YAMILET COROMOTO PINTO SEQUERA, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, licenciada en educación, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.717.724, de este domicilio y quien falleció ad intestato en la Parroquia Candelaria del Municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha veintinueve (29) de agosto del año 2016, según acta de defunción N° 1.081, tomo Nº V de los Libros de Registro Civil de defunciones llevados por la Oficina de Registro Civil de la referida Parroquia, durante el año citado, cuya copia certificada corre al folio tres (3) y su vuelto, de esta solicitud, por lo que estudiado el caso en cuestión y en virtud de la competencia que para estos efectos le fue conferida a este Tribunal a través de la Resolución N° 2009/0006 de fecha 18 de marzo de 2009, emanada de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.952, de fecha 2 de abril d.....