Por las razones de hecho y fundamentos de derecho antes expuestos, en aras de lograr Justicia y Paz Social en el campo; este TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Declara:
1.- Se declara COMPETENTE para conocer del Recurso de apelación ejercido, el día 20 de Octubre del año 2008, por la ciudadana MARGARITA HERRERA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-7.518.549, representada judicialmente, por la ciudadana: SARA SILVERA CAMPOS, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº: 124.552, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria del Estado Yaracuy de fecha 02 de Octubre del año 2008, en atención a lo dispuesto en el Artículo 240 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.
2.- Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación Interpuesto en fecha 20 de Octubre del año 2008, por la ciudadana MARGARITA HERRERA, Ve.....