Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación ejercido en fecha (18-11-2014) por la representación judicial de los ciudadanos MARÍA ESPERANZA CAICEDO y JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ OCHOA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-7.122.187 y V- 6.243.564, en su orden.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de los ciudadanos MARÍA ESPERANZA CAICEDO y JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ OCHOA, antes identificados, contra la decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial en fecha (14-08-2014)
TERCERO: En virtud de lo anterior, en los exclusivos términos de esta Alzada, atendiendo el contenido de los a.....