Esta suma será cancelada a la demandante, en este acto y en un (01) solo pago, en dinero en efectivo. En este estado toma la palabra la Apoderada Judicial de la trabajadora reclamante, abogada, ERIKA INDIRA OJEDA MERCADE, quien expone: "Acepto y estoy conforme con el pago que como un Bono de Transacción hace la parte demandada en este acto, declarando que con la total cancelación de la suma de Bs.1.200.00; en la forma arriba indicada, nada tengo que reclamar a la parte demandada: la empresa mercantil RESIDENCIAS SAN MARCOS, SANATORIO MENTAL. C.A, en la persona de su Representante Legal, ciudadano: MARIO FERNANDO MENDOZA DAVILA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.481.006.; por este ni por ningún otro concepto". Finalmente, AMBAS PARTES solicitamos del Tribunal se sirva homologar la presente transacción, de por terminado el juicio, y ordene el cierre y archivo del expediente. Por ultimo solicitamos al ciudadano Juez, la devolución de los medios de pruebas consignados en su oportu.....