este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, CECILIA MARGARITA TORREALBA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad numero V-6.359.562, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad Municipal ubicado la calle principal, con entrada a la urbanización 24 de Marzo, en San Javier de la Parroquia San Javier, en el Municipio San Felipe del Estado Yaracuy