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Decisiones del dia 28/04/2005

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 561-2005 N° Sentencia : Fecha: 28/04/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
ELISABETH MARIN DE VALENZUELA - EDGAR EDUARDO VALENZUELA
Resumen:
HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndole la debida aprobación. Téngase pasado como en Sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido: Que el ciudadano EDGAR EDUARDO VALENZUELA, se compromete a pasar a sus hijos por concepto de PENSION DE ALIMENTOS, la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensual, los cuales serán depositados en cuenta de ahorro que aperturará la madre en la E.A.P. CASA PROPIA, Agencia Sabana de Parra; en el mes de septiembre de cada año depositará la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) por concepto de Útiles Escolares y Uniformes, y en el mes de diciembre de cada año depositará la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00) por concepto de Aguinaldos. La cantidad fijada por concepto de PENSION DE ALIMENTOS, es decir 100.000,00 Bs. mensual, corresponde al 31.12% del salario mínimo actual, el cual es de 321.235,00 Bs. La misma se incrementará automáticame.....
Juez/Ponente:
José Marín
Organo:
Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez
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N° Expediente : 564-2005 N° Sentencia : Fecha: 28/04/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
CENIA MARGARITA ORELLANA PINEDA - PEDRO WLADIMIR FREITEZ LOPEZ
Resumen:
HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndole la debida aprobación. Téngase pasado como en Sentencia con autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia queda establecido: Que el ciudadano: PEDRO WLADIMIR FREITEZ LOPEZ, se compromete a pasar a su hijo por concepto de PENSION DE ALIMENTOS la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensual, los cuales serán entregados ante el Consejo de Protección de este municipio para su posterior entrega a la madre; en el mes de septiembre de cada año pasará la cantidad de CIENTOCINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00) por concepto de ÚTILES ESCOLARES, y en el mes de diciembre de cada año pasará la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00) por concepto de AGUINALDOS. La cantidad fijada por concepto de PENSION DE ALIMENTOS, es decir 100.000,00 Bs. mensual, corresponde al 31.12% del salario mínimo actual, el cual es de Bs. 321.235,00. La misma se incrementará automáticamente del mismo modo.....
Juez/Ponente:
José Marín
Organo:
Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez
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