En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de Guarda ( Responsabilidad de Crianza), procedente del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando a solicitud del ciudadano LUIS ALBERTO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.374.558, domiciliado en el Caserío El Cuadrado, Km. 8, carretera vía Manzanita, Parroquia buria, Municipio Simón Planas, Nº 20154, Sanare del estado Lara, referentes a favor de los ciudadanos y el adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de 22, 23 y 13 años de edad, respectivamente, en contra de la ciudadana LIRIA DEL CARM.....