Por cuanto de la presente causa de Ofrecimiento de Obligación de Manutención, incoado por el ciudadano: PASTOR JOSE LEDEZMA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 7.437.476, domiciliado en la Urbanización Tricentenario calle 7, de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, contra la ciudadana: MARIA FATIMA DE FREITAS, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 6.932.574, domiciliada en la avenida 12 entre calles 10 y 11, de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, a favor de sus hijas IDENTIDAD OMITDA SEGUN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCETE, fue debidamente Homologada en fecha 25 de Octubre de 2006 y presentada como ha sido la diligencia que riela al folio 35 del expediente por la parte Demandada, donde solicita las copias certificadas de la mencionada Decisión, para solicitar formalmente el aumento de la Manutención de sus hijas y visto el tiempo transcurri.....