este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de revisión de la Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana YOHANA GUTIÉRREZ, Titular de la Cédula de identidad N° 13.503.639 en representación y beneficio de los niños Identidades omitidas de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, respectivamente en contra del ciudadano EDGAR ANTONIO MARTÍNEZ OJEDA, titular de la cédula de identidad N° 11.257.857, asimismo se mantiene vigente las condiciones y cantidades de pagos fijadas en la sentencia de homologación del acto conciliatorio de fecha 18-10-2004.