PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto por la profesional del derecho Abg. LISETT MENTADO, apoderada judicial de los ciudadanos: FERNANDO ANTONIO DAZA HERNANDEZ, YORFER OYNIEL DAZA CORDERO, PEDRO EMILIO PRADO MOTTA Y ESTEBAN PINTO ROMERO, titulares de las cedulas de identidad Nº V-10.369916, Nº V-19.712.927, Nº V-19.953.393, y Nº V-7.905.494, respectivamente, contra la Providencia Administrativa Nº 205/2019, de fecha 13 de diciembre de 2019, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, en el expediente administrativo Nº 057-2019-01-00295, mediante la cual declaró: CON LUGAR, el acto administrativo de efectos particulares signado con el Nº 205/2019, el cual ordena y autoriza a la entidad de trabajo Empresa C.A, DESTILERIA YARACUY, (CADY) a despedir a los ciudadanos FERNANDO ANTONIO DAZA HERNANDEZ, YORFER OTNIEL DAZA CORDERO, PEDRO EMILIO PR.....