declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos MERCEDES BARTOLA YANEZ DE SADEDDIN, FESAR JOSE SADEDIN YANEZ, FRANKLIN JOSE SADEDIN YANEZ, AMIR PANCRACIO SADEDDIN YANEZ y SADAT JOSE SADEDDIN YANEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros.V-4.968.600, V-7.557.575, V-7.557.576, V-7.916.795 y V-10.854.161 respectivamente, cónyuge e hijos de la de Cujus, ciudadano HUSNI IBRAHIM MUHD SADEDDIN, quien era jordano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E-202.413.