DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda y en consecuencia de ello se establece al ciudadano: WILMER ORLANDO TORRES RÍOS venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.281.390, mayor de edad, y de este domicilio la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de su hijo el adolescente: (Identidad Omitida), de quince (15) años de edad respectivamente y de este domicilio por la cantidad de SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 7.452,00), mensuales., que deberá entregar directamente a la demandante, previo entrega de recibo por parte de ésta, o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada mes, en la cuenta de ahorros que este Tribunal le in.....