este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano EDUARDO ANTONIO GALINDEZ PARRA, titular de la cedula de Identidad Nº. V-14.607.999 CONTRA la denominación comercial AGRICOLA HERMANOS GALINDEZ y solidariamente en contra del ciudadano DENNYS EDUARDO GALÍNDEZ PARRA, titular de la cédula de identidad Nº v-10.372.767.
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo;