DECLARA:
PRIMERO: HA LUGAR la consulta de la sentencia dictada en fecha 08 de mayo de 2019, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy;
SEGUNDO: SE CONFIRMA en toda su extensión la sentencia definitiva de fecha 08 de mayo de 2019; y en consecuencia, se decreta la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de los ciudadanos HIMAID ANTONIO RUIZ HENRIQUEZ y YUHIMAR ALEXANDRA RUIZ HENRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.502.943 y 15.389.431 respectivamente y se ratifica la designación como TUTOR DEFINITIVO a su padre ciudadano HIMAID ANTONIO RUIZ DIAZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.478.187, quien deberá dar caución real de las previstas en el artículo 360 del Código Civil, una vez constituido el Consejo de Tutela, por lo cual se mantendrá en el ejercicio de sus funciones, mientras no resulte removido del referido cargo o en cualquier otra .....